Reformas Borbonicas
En la Historia Colonial de México, las últimas décadas del siglo XVIII se conocen como la época de las “Reformas Borbónicas”. Entonces los monarcas de la dinastía Borbón emprendieron una serie de cambios institucionales, dirigidos a fortalecer el dominio en sus colonias. Pero eso no fue todo. Esas transformaciones también se dirigieron a modernizar la monarquía, en el sentido de promover la participación política de los sectores populares bajo la premisa de la igualdad ante las leyes. Por lo tanto podemos entender a las reformas borbónicas como, una serie de cambios administrativos aplicados por los monarcas españoles de la casa de Borbón para menorar sus relaciones con las colonias. Ambos propósitos respondían a una nueva concepción del Estado, que consideraba como principal tarea reabsorber todos los atributos del poder que había delegado en grupos y corporaciones y asumir directamente la conducción política, administrativa y económica del reino.
Estas reformas de la dinastía borbónica estaban inspiradas en la Ilustración y pretendían alcanzar el control directo de la burocracia imperial sobre la vida económica. Las reformas intentaron redefinir la relación entre España y sus colonias en beneficio de la península. Su principal impulsor fue, Carlos III
Los actores y el escenario
La organización social en el México Colonial era muy diferente a la actual. No existían clases configuradas a partir de la división del trabajo, si no dos estamentos. Uno lo conformaban los indios y el otro; los españoles. Los estamentos eran agrupaciones que tenían un origen político, en la medida que era la voluntad real la que definía el modo de vida de sus integrantes. Así; los indios, a diferencia de los españoles, no podían portar armas ni andar a caballo. También en lo que respecta a las obligaciones hacia los monarcas, existían leyes diferentes para indios y españoles. Por ejemplo, mientras los primeros contribuían con el pago de los Reales Tributos; que era un impuesto per cápita, los segundos lo hacían a través de las Alcabalas; que era un impuesto al comercio. Además, los estamentos tenían una estructura piramidal. Estaban divididos en diferentes segmentos, ordenados jerárquicamente de acuerdo a su riqueza y prestigio. El ápice del estamento español estaba compuesto por la nobleza. En la base; en cambio, estaba el “estado llano”. El estamento indígena, a su turno, también se hallaba dividido en dos grupos: los nobles y los indios del común o macehuales.
Además de los estamentos, la organización social del México Colonial se componía de castas, siendo la más importante la de los mestizos. Estos no constituían un grupo bien definido desde el punto de vista legal, como los indios y españoles, porque eran el producto no deseado de la unión de ambos grupos. Desde el siglo XVI, fueron vistos con recelo por los monarcas, debido no solamente a la ilegitimidad de su origen, sino también a la creencia de cuño medieval según la cual la mezcla de sangre amenazaba el orden social.
La mayor parte de los indios vivían alejados de los grandes centros urbanos, asentados en parroquias o curatos particulares a su estamento, los cuales se componían de cierto número de pueblos. Estos constaban, a su turno, de un centro demográficamente importante llamado “cabecera”, y de unidades de menor relevancia o “sujetos”. Simultáneamente, uno de los pueblos constituía la “cabecera parroquial”, en la que residía el párroco y se erigía la iglesia. Todos los pueblos de indios, asimismo, estaban rodeados de tierras otorgadas por los monarcas, las cuales servían para que sus integrantes se alimentaran y pagaran los Reales Tributos.
Cada pueblo se hallaba organizado en torno a las entonces llamadas “repúblicas de indios”. Estas eran las unidades mínimas de la administración real; una especie de equivalente a los municipios de la actualidad, aunque privativos desde el punto de vista de la composición social. A través de ellas los monarcas ejercían su control sobre la población indígena y, al mismo tiempo, daban cabida a sus demandas. Entre las obligaciones de los funcionarios de las repúblicas estaba la de administrar justicia en pleitos de menor cuantía, coordinar los trabajos de construcción y reparación de puentes, caminos y edificios, así como encargarse de las finanzas de los pueblos y recaudar los Reales Tributos. Al mismo tiempo, esos funcionarios representaban a los indios en la solicitud de privilegios o “pedimentos”, sustentados en largos memoriales que trataban, por ejemplo, de exenciones en torno a las contribuciones.
La república de indios constaba de un cuadro de funcionarios de carácter electivo, el cual se componía de un gobernador, varios alcaldes así como de un síndico procurador y un escribano. Cada alcalde representaba ya fuera a los indios de una cabecera o a de un sujeto, mientras que el cargo de gobernador se rotaba anualmente entre los miembros de cada una de esas unidades. Cabe señalar que las repúblicas no eran instancias gubernamentales de carácter autónomo, si no que sus integrantes eran vigilados por un funcionario real de mayor jerarquía que alcaldes y gobernadores, denominado “subdelegado”. La jurisdicción de los subdelegados se extendía sobre el “partido”, que era la reunión de cierto número de parroquias. Simultáneamente, los pueblos de indios constituían el órgano más pequeño de la administración de la Iglesia. Los cuadros, en este caso, estaban compuestos por fiscales de iglesia y mayordomos, quienes debían ocuparse de que la población se apegara a lo dispuesto por la Madre Iglesia. La autoridad inmediatamente superior a ellos eran los curas párrocos, cuya jurisdicción se extendía sobre la parroquia o curato.


